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Adiós a las mascarillas en el transporte... pero porque no queda más remedio

Desde el Gobierno venden la noticia como una decisión propia, pero lo cierto es que caduca el plazo que dio la Audiencia Nacional para justificar seguir llevándolas en el transporte público.

Varias personas salen de un tren de Metro en la estación de Metro de Sol, a fecha 7 de febrero.

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Raúl Puente

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Parecía que no iba a llegar el momento pero ha llegado: ya no es obligatorio utilizar las mascarillas en el transporte público. Una decisión esperada por millones de españoles que el Gobierno ha anunciado como suya, intentando apuntarse el tanto, pero que en realidad ha sido obligada. Y es que justo este 7 de febrero ha vencido el plazo que la Audiencia Nacional dio al Ejecutivo de Pedro Sánchez para que justificaran la permanencia de las mascarillas en el interior de los transportes públicos.

Así lo apuntaba Carlos Herrera en COPE cuando se realizó el anuncio, asegurando que la justicia ha pedido durante meses al Gobierno que le entregara los informes de los expertos antes del día 8 de febrero. Sin embargo, tal y como apunta el periodista de COPE, como Pedro Sánchez "no ha tenido expertos, ni informes, ni nada parecido en ningún momento, se han quitado de problemas anunciando esta fecha".

¿Dónde siguen siendo obligatorias las mascarillas?

Con todo y con ello, se trata de una decisión que deja en manos de la responsabilidad de cada uno su uso o no, y es que sigue siendo recomendable en cualquier espacio cerrado. Por lo tanto, sigue siendo recomendable utilizarla, por ejemplo, en el transporte público.

Dicho esto, ya no es obligatoria en cualquier medio de transporte: metro, tren, autobuses, taxis o aviones. Además, según el Real Decreto, su uso deja de ser imperativo en ópticas, centros de audiometría o tiendas de ortopedia.

De esta manera y con carácter general, sí que siguen siendo obligatorias en:

- Centros sanitarios: hospitales (aunque los pacientes podrán no llevarla en su habitación, pero sí en zonas comunes) y centros de salud.

- Centros sociosanitarios: residencias, centros de día o centros para personas con discapacidad.

- Farmacias

-Tanto para pacientes como para trabajadores

¿Mascarillas obligatorias en el trabajo?

Uno de los puntos del Real Decreto que más llama la atención es en relación a las empresas. De esta manera, se mantiene el derecho de las mismas a exigirles a sus trabajadores el uso de la mascarilla.

Textualmente y de manera literal, la norma es la siguiente: "Los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas".

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