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Duro golpe del Supremo a Pedro Sánchez: avala las rebajas por el 'sí es sí'

El Tribunal Supremo confirma los criterios de las Audiencias Provinciales y avala la reducción de penas a los agresores sexuales por la ley del 'solo sí es sí' impulsada por Irene Montero.

Pedro Sánchez en el Congreso de los Diputados

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Pedro Sánchez se enfrentará a las elecciones generales el próximo 23 de julio con la carga de haber aprobado en su Consejo de Ministros la polémica Ley del solo sí es sí.

Esta ley ha beneficiado a más de mil agresores sexuales, resultando en la liberación de más de un centenar de ellos, tal y como ha dado a conocer el CGPJ. Las Audiencias Provinciales ya han revisado más de 2.138 sentencias y casi la mitad de ellas han concluido con una reducción de las penas. Así, a pesar de la reforma impulsada por el PSOE con el apoyo del PP y la desaprobación de Unidas Podemos, que acusó a Sánchez de querer volver al anterior código penal de La Manada, la ley del solo sí es sí continúa generando titulares desfavorables para los socialistas, quienes buscan evitar estas controversias a tan solo 47 días de las elecciones.


Discrepancias en el Tribunal Supremo, como avanzó ESdiario

El Tribunal Supremo ha respaldado las reducciones de penas a agresores sexuales acordadas en las Audiencias Provinciales en virtud de la Ley conocida como solo sí es sí. Después de dos días de deliberaciones a puerta cerrada, el Pleno de la Sala de lo Penal ha dictaminado que estas reducciones de penas son adecuadas, en contra de la posición de la Fiscalía, que en sus recursos abogaba por aumentar las penas para los agresores y violadores.

El Pleno de la Sala de lo Penal, compuesto por un total de 15 magistrados, incluyendo al Presidente, ha examinado un total de 29 recursos, de los cuales 27 han sido resueltos de manera unánime. Sin embargo, cinco magistrados, Andrés Palomo, Ana Ferrer, Susana Polo, Andrés Martínez Arrieta y Antonio del Moral, han suscrito un voto particular (discrepante).


Las consecuencias de esta decisión

Pablo de Palacio, abogado y criminólogo en Palacio Lassaletta Abogados, advierte que "el criterio del Tribunal Supremo es lógico y razonable conforme a lo dispuesto en el Código Penal" y añade que "una interpretación distinta del principio de retroactividad de la ley penal más favorable no hubiere sido entendida en términos jurídicos".

"A partir de ahora, todos aquellos que hubieren solicitado la revisión a la baja de sus condenas antes de la entrada en vigor de la reforma operada con el apoyo del Partido Popular tendrán una herramienta más de defensa. La doctrina que asienta el Tribunal Supremo es coherente no sólo con el espíritu de la norma penal española sino, también, con los distintos ordenamientos penales europeos".

Asimismo, de Palacio señala que "el criterio de análisis individualizado de cada caso concreto en relación con la gravedad de los hechos acontecidos (canon de proporcionalidad) abre la puerta a que se produzcan futuras revisiones por el Tribunal Supremo, ésta vez partiendo de la doctrina que hoy asienta el Alto Tribunal".


En definitiva, el abogado advierte que "si bien es una mala noticia para las víctimas, es una buena noticia para la seguridad jurídica" y añade que "quien debe rendir cuentas tras este pronunciamiento es el poder legislativo y, en concreto, la ministra de Igualdad de cuyo Ministerio salió la aberración jurídica que hoy ha sido interpretada por el Tribunal Supremo".

Además, señala que es necesario "aclarar que el poder judicial debe limitarse a aplicar la ley que le viene dada por el poder legislativo, de modo que el Tribunal Supremo no podía hacer otra cosa que la que ha hecho".

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