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El escándalo de "sí es sí" regresa con siniestro dato: 1155 agresores agraciados

El CGPJ actualiza las estadísticas y devuelve a la actualidad el gran fracaso que Sánchez y Yolanda Díaz tratan de ocultar con el ostracismo forzado de Irene Montero de la campaña.

Sánchez e Irene Montero.

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Los fantasmas de Frankenstein -y en particular los de Irene Montero- se le vuelven a presentar a Pedro Sánchez mientras trata de vender su gestión como ejemplar.

El Consejo General del Poder Judicial ha actualizado la cifra de beneficiados por la ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del solo sí es sí, y ha elevado a 1.155 las reducciones de pena y a 117 las excarcelaciones en aplicación de la norma que entró en vigor el pasado 7 de octubre. Las reducciones suponen el 31,4% de los casos revisados.

En una nota de prensa, el órgano de gobierno de los jueces señala que son datos a 1 de julio recabados del Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los tribunales superiores de justicia (TSJ) y las audiencias provinciales. Esta última actualización aumenta levemente el número de rebajas y excarcelaciones, que el pasado 1 de junio se situaba en 1.127 reducciones y 115 excarcelaciones.

El balande demoledor del gran fiasco de Irene Montero: 1.155 reducciones de pena y117 excarcelaciones en aplicación de la polémica ley fallida que entró en vigor el 7 de octubre.

Así, y según consta en las tablas que ofrece la oficina de prensa de este órgano, el Supremo ha dictado 31 reducciones de condena -dictadas en recurso de casación-, lo que supone el 36,5% de las revisiones totales efectuadas en el alto tribunal; la Audiencia Nacional sólo una reducción, el 14,3% de las revisiones; los Tribunales Superiores de Justicia 145 rebajas con 10 excarcelaciones, el 34,4% de las revisiones totales que efectuaron; y las Audiencias Provinciales 978 rebajas con 107 excarcelaciones, el 27,6% de las revisiones realizadas.

El CGPJ indica no obstante que en los datos ofrecidos no se incluyen las revisiones de pena que puedan haber tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión, ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales.

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