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¿Puede el Código Penal inhabilitar a Yolanda Díaz por reunirse con Puigdemont?

Societat Civil Catalana denuncia a la líder de Sumar ante el Supremo alegando el artículo 408 que se refiere a la omisión de perseguir delitos por parte de una autoridad

Yolanda Díaz con Puigdemont

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Enrique Martínez

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“La autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables, incurrirá en la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años”, es el artículo 408 del Código Penal que desde hace unos días varios juristas están analizando si podría aplicarse a la reunión que mantuvo la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, con el ex presidenta catalán, Carles Puigdemont, prófugo de la justicia.

De acuerdo a este artículo del Código Penal, Societat Civil Catalana ha interpuesto una denuncia ante el Tribunal Supremo contra la vicepresidenta segunda y líder de Sumar por "negociar asuntos de Estado con un prófugo de la justicia", ha informado la asociación.

Para Societat Civil Catalana, “la vicepresidencia es un cargo del que Yolanda no puede desprenderse a voluntad y alegar que únicamente interviene a título de líder de Sumar”, y ha acusado a la vicepresidenta segunda de “tratar asuntos de estado con un prófugo de la justicia, negociando las condiciones para la investidura de Pedro Sánchez".

Sin embargo, Societat Civil Catalana reconoce que no es tan fácil perseguir el caso concreto de Yolanda Díaz, “pues hasta ahora el tipo penal recogido en el artículo 408 del Código Penal se ha aplicado a funcionarios o autoridades cuya obligación directa era perseguir delitos”, aunque añaden que “la conducta omisiva de Yolanda Díaz también tendría un perfecto encaje en este tipo penal”.

"La conducta de Yolanda Díaz atenta frontalmente contra el interés general de todos los españoles, atenta contra la legislación vigente y contra las resoluciones judiciales existentes. Que una vicepresidenta se reúna con alguien reclamado por la justicia es algo inaudito y supone una evidente deslegitimación de las instituciones del Estado", ha concluido Societat Civil Catalana.

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