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El TC controlado por Sánchez anula la condena de los EREs a Magdalena Álvarez

Tal y como avanzó el presidente en campaña, Cándido Conde-Pumpido tumba el delito de prevaricación de la ex ministra de Fomento y ex consejera de Andalucía condenada a inhabilitación

Pedro Sánchez y Magdalena Álvarez en un mitin del PSOE

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Enrique Martínez

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El Tribunal Constitucional controlado por Pedro Sánchez a través de su delegado y presidente, Cándido Conde-Pumpido, ha hecho valer su mayoría sanchista para estimar el recurso de la ex ministra socialista Magdalena Álvarez contra su condena por prevaricación en el caso de los ERE de Andalucía, anulando la sanción de nueve años de inhabilitación que le impuso la Audiencia de Sevilla y obligando a repetir parte de la resolución.

Esta decisión ha sido adoptada con la mayoría de los siete vocales sanchistas frente a los cuatro conservadores del Constitucional, y además ha sacado adelante una ponencia que cuestiona que los altos cargos de la Junta de Andalucía fueran condenados por prevaricación, un delito del que fueron acusado a los 16 condenados, entre ellos al ex presidente de Andalucía, Manuel Chaves.

La noticia del que Constitucional perdone los delitos de los EREs de Andalucía a Magdalena Álvarez fue adelantada por el propio presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una muestra más de su falta de respeto a la división de poderes, durante un mitin de las elecciones europeas en Málaga donde reapareció en público Magdalena Álvarez, que fue ovacionada por el público asistente y el propio presidente le auguró que su condena sería anulada, como así ha hecho el Constitucional de Cándido Conde-Pumpido.

La ex ministra de Fomento durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero fue condenada a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación continuado al haber intervenido en la elaboración de los anteproyectos de ley de presupuestos del Gobierno andaluz de los años 2002, 2003 y 2004 y modificaciones presupuestarias de octubre de 2002. La socialista Magdalena Álvarez en su recurso sostiene que el juez “incurrió en una interpretación extravagante e imprevisible”.

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