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Palo a la amnistía de Puigdemont

El Supremo desbarata el plan de Sánchez: rechaza la amnistía a Puigdemont por malversación

El Alto Tribunal declara no amnistiado el delito de malversación de caudales públicos en la causa del procés y mantiene la orden de detención contra el prófugo y los independentistas

Carles Puigdemont

Carles Puigdemont

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El Tribunal Supremo desbarata la amnistía de Pedro Sánchez declara no amnistiado el delito de malversación de caudales públicos en la causa del procés. Además, mantiene las órdenes de detención de Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig y no archiva la ejecutoria que inhabilita, hasta los años 2030 y 2031, a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

Los magistrados del Supremo desautorizan así a la teniente fiscal del Alto Tribunal, María Ángeles Sánchez Conde, y sigue la línea de los fiscales a los que Álvaro García Ortiz apartó de la causa del procés por negarse a aplicar la ley. LOs magistrados sostienen que en la actuación de los líderes independentistas hubo un enriquecimiento personal que la propia ley de amnistía excluye para poder ser amnistiados. 

Tanto el instructor del 1-O como la Sala de lo Penal coinciden con el criterio defendido por los fiscales del procés Consuelo Madrigal, Jaime Moreno, Fidel Cadena y Javier Zaragoza y desechan la tesis jurídica impuesta por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, de amnistiar también la malversación al prófugo Puigdemont y el resto de acusados. 

El juez Pablo Llanera explica en su auto que la ley introduce algunas limitaciones en lo que afectan al delito de malversación, puesto que prohíbe amnistiar aquellos delitos en los que haya existido propósito de enriquecimiento o cuando el delito afecte a los intereses financieros de la Unión Europea. Este último aspecto es el que impedirían la amnistía a Carles Puigdemont pues Cataluña recibió fondos europeos durante el procés.

La resolución apunta que acudirán al Tribunal Constitucional -que controla Cándido Conde-Pumpido y tiene mayoría afín a Sánchez- para aclarar si la amnistía se puede aplicar al delito de desobediencia. El Supremo tiene dudas de que pueda aplicarse a este delito. La magistrada Ana Ferrer suscribe un voto particular discrepante con excluir de la amnistía el delito de malversación y apoya plantear una cuestión prejudicial al TJUE.

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