ESdiario

'CASO ERE DE ANDALUCÍA'

El Constitucional en contra de Sánchez: los ERE sí existieron y el PSOE legalizó su corrupción

En contra del mensaje vertido por los de Pedro Sánchez, el Tribunal Constitucional no niega que en Andalucía existiera un sistema de corrupción y, mucho menos, que los expresidentes Chaves y Griñán estén exentos de cualquier responsabilidad. Al contrario, exige que la Audiencia de Sevilla falle sobre dos posibles delitos de prevaricación.

Pedro Sánchez, el presidente del Gobierno

Pedro Sánchez, el presidente del GobiernoEuropaPress

Publicado por

Creado:

Actualizado:

"Chaves y Griñán son personas honestas. Yo confío en su inocencia", llegó a afirmar Pedro Sánchez vía tuit en el 2016. Si tales palabras quedan temporalmente muy lejos, el presidente del Gobierno volvió a incidir en la inocencia de los expresidentes de Andalucía en el año 2022 al declarar que "pagan justos por pecadores, no hubo enriquecimiento personal", exculpando a Manuel Chaves y José Antonio Griñán de cualquier responsabilidad en el caso de los ERE de Andalucía.

Ciertamente, el líder del Ejecutivo no cuenta con aliados en el Poder Judicial y ni tan siquiera en el Tribunal Constitucional que avalen su argumentación de que todo es fango de la ultraderecha -en la que incluye al PP-, como diría. Muy al contrario, tanto la Audiencia de Sevilla -en condena dictada en 2019- como, posteriormente ratificándolo, el Tribunal Supremo -en condena dictada en 2022- dejaron totalmente evidenciado la existencia de una red clientelar de corrupción en el seno de la Administración socialista andaluza.

En concreto, certificaron la existencia un sistema de corrupción bajo las presidencias de Manuel Chaves y José Antonio Griñán para repartir ayudas sociolaborales -dinero público- tratando de eludir la tramitación de los expedientes de concesión (y sus requisitos legales), saltarse la fiscalización previa por parte de la Intervención (que, a veces, ponía pegas) y, en suma, distribuir ayudas con total discrecionalidad, sin justificar los motivos, sin controlar el destino y sin publicidad. No es casual que muchas de ellas acabaran en, casualmente, afines al PSOE de Andalucía.

La sentencia del Tribunal Constitucional

Tal y como venimos avanzando en ESdiario, el Tribunal Constitucional (TC) ha exonerado al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán toda la malversación por la que fue condenado a seis años de cárcel por el "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos con cargo a los fondos autonómicos. Y, además, el tribunal de garantías ha exonerado al también expresidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves parte de la prevaricación por la que fue condenado a nueve años de inhabilitación.

Pese a todo, cabe destacar que el Tribunal Constitucional -que no pertenece al Poder Judicial- en ningún momento niega la existencia de tal sistema de corrupción ideado por el PSOE de Andalucía, esto es, que no tuviera por objeto eludir la normativa de las subvenciones

Lo que el tribunal de garantías ha fallado es que el poder Ejecutivo -en este caso el andaluz presidido por Chaves y Griñán- puede presentar anteproyectos y proyectos de Ley y que tal prerrogativa constituye un acto político y que goza de naturaleza jurídica diferente de aquellos actos que adopta el Gobierno en el ejercicio de sus funciones administrativas. Y un acto político puede ser inconstitucional pero no ilegal.

En otras palabras, que el PSOE de Andalucía coló el sistema clientelar de corrupción en el proyecto de Ley de Presupuestos que acabó siendo aprobado en el 2002 en el Parlamento de Andalucía y, a partir de ese momento, tal sistema adquirió "cobertura legal", como se lee en la sentencia del TC, y, además, la norma no se recurrió al tribunal de garantías. Es decir, que el PSOE andaluz consiguió legalizar un sistema de corrupción previamente diseñado. Pero existió. No es, por consiguiente, un "montaje", como aseguran los de Sánchez. 

Dos supuestos delitos de prevaricación

En esta línea, el Tribunal Constitucional ha ordenado este martes a la Audiencia de Sevilla que vuelva a emitir una nueva sentencia ante un presunto delito de prevaricación cometido por Manuel Chaves entre 2000 y 2001, como presidente de la Junta de Andalucía, al haberse reducido durante su Gobierno la partida presupuestaria para la Consejería de Empleo (la adecuada para destinar ayudas sociales pero que exigía controles de Intervención) y dotar de fondos otra partida -la Transferencia al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA)- que no era la apropiada para conceder tales ayudas pero que permitía una mayor discrecionalidad y elusión de controles.

No solo eso. El Tribunal Constitucional también ordena a la Audiencia de Sevilla que vuelva a pronunciarse respecto a ambos expresidentes socialistas por un supuesto delito de prevaricación ante una modificación presupuestaria aprobada en 2004, cuando Chaves era todavía presidente de la junta y Griñán su consejero de Hacienda, que incrementó en 2,9 millones de euros un programa -no destinado para la concesión de ayudas sociolabolares- para luego desviar tales millones, precisamente, al pago de ayudas sociolaborales en otro programa conocido como el fondo de reptiles.

La palmaria politización del Constitucional

"La anulación de las sentencias por los ERE de Andalucía clarifica todavía más el perfil político que se esconde tras el Tribunal Constitucional", asegura a ESdiario el abogado consultado Pablo de Palacio. 

"Los magistrados hacen una interpretación del principio de legalidad penal que excluye de responsabilidad a los artifices de proyectos de ley que todavía no han visto la luz ni han sido debatidos en el Parlamento. Es decir, la interpretación del Tribunal Constitucional, en términos llanos, sería tanto como asumir que no prevarica el que incita a cometer la ilegalidad (anteproyecto o proyecto de ley) sino el que la aprueba", añade a este periódico el experto jurista.

"Se trata de una interpretación tan novedosa como discutible, pues dota de absoluta impunidad al ejercicio del Poder Ejecutivo, desplazando la responsabilidad a la cámara parlamentaria", incide Pablo de Palacio.

"El Tribunal Constitucional además justifica la impunidad del Ejecutivo andaluz sobre la base de una posterior aprobación de la ley de presupuestos. Nuevamente una interpretación discutible, pues es tanto como asumir que los actos posteriores a la comisión de un delito pueden dejar impunes a sus actores", sentencia a este periódico.

tracking