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Caso ERE

Hugo Pereira 'desmonta' la estrategia del PSOE con los ERE: “No fue un montaje”

Hugo Pereira ha analizado en el programa 'Mañaneros', en La 1 de TVE, los movimientos del Tribunal Constitucional en relación con los ERE. El periodista de ESdiario aclara que el Constitucional no niega el fraude de los ERE aunque, eso sí, adquirieron una cobertura legal gracias a una ley aprobada en el Parlamento de Andalucía.

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El Tribunal Constitucional  achaca al Tribunal Supremo y la Audiencia de Sevilla una "interpretación extravagante" y no ve probado que Griñán, ya condenado, supiese de los desvíos de fondos. Las sentencias del Tribunal Constitucional (TC) que estiman parcialmente los recursos de amparo de los expresidentes socialistas de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, anulando las condenas que les impuso la Audiencia de Sevilla por el "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares y las ayudas arbitrarias, ordenando que dicha instancia provincial emita nuevas sentencias incorporando los fundamentos dictados por el TC.

No se niega el fraude

Según el Tribunal Constitucional tanto la sentencia dictada por la Audiencia de Sevilla como la contestación al recurso de casación ante el Tribunal Supremo  caen en "interpretación extravagante" de los hechos ya que "no cabe considerar que la participación en la apobación de anteproyectos de ley de presupuestos pueda ser calificada como resoluciones recaídas en asuntos administrativos". Hugo Pereira aclara a este respecto que  "el Tribunal Constitucional -que no pertenece al Poder Judicial- en ningún momento niega la existencia de tal sistema de corrupción ideado por el PSOE de Andalucía, esto es, que no tuviera por objeto eludir la normativa de las subvenciones. Lo que el tribunal de garantías ha fallado es que el poder Ejecutivo -en este caso el andaluz presidido por Chaves y Griñán- puede presentar anteproyectos y proyectos de Ley y que tal prerrogativa constituye un acto político y que goza de naturaleza jurídica diferente de aquellos actos que adopta el Gobierno en el ejercicio de sus funciones administrativas. Y un acto político puede ser inconstitucional pero no ilegal".

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