Enfado por la sentencia a un menor que agredió sexualmente y mató a su madre adoptiva: solo 6 años
El condenado y su hermano, de 15 y 13 años respectivamente cuando sucedió todo y procedentes de Europa del Este, acabaron con la vida de Silvia a cuchilladas e intentaron fingir un secuestro.
El Juzgado de Menores de Santander ha condenado al hijo adoptivo detenido por el asesinato de su madre el pasado 7 de febrero en Castro Urdiales -que entonces tenía 15 años- a la pena de 6 años de internamiento cerrado por asesinato y agresión sexual. El otro menor, que en su caso tenía 13 años en el momento de los hechos, es inimputable al tener menos de 14. Así lo han confirmado fuentes jurídicas a Europa Press en relación a la sentencia que ha hecho pública este martes El Diario Montañés.
Se trata de la pena máxima posible para un menor de 16 años, aunque los cumplió poco después de cometer el crimen, y según han precisado las citadas fuentes, es una sentencia de conformidad acordada entre las partes, incluida la familia de la víctima, que ha ejercido la acusación particular, y aceptada por el acusado.
Además de por asesinato, se le castiga también por un delito de agresión sexual contra su madre adoptiva, Silvia L.G., de 48 años, ambos con la circunstancia agravante de parentesco y sin ninguna atenuante por su estado mental.
La sentencia ha causado indignación e incredulidad generalizada, ya que no se entiende cómo por matar a tu madre adoptiva la pena máxima sean seis años. No solo eso, sino que son 5 por el asesinato y uno por agresión sexual. Y es que el hijo adoptivo mayor, tras acuchillar a su madre adoptiva mientras su hermano la sujetaba, le quitó la ropa y "con ánimo libidinoso le introdujo varias veces los dedos en la vagina", motivo por el que ha sido condenado por agresión sexual. Así se recoge en la sentencia que publica El Diario Montañés.
En este sentido, fuentes jurídicas han precisado que debido a la Ley del Menor los seis años de condena es el límite máximo que se puede imponer a un menor de 16 años. Porque, aunque haya cometido dos delitos graves, la norma impide expresamente superar los seis años. Es decir, se piden cinco años por el delito grave de asesinato y solo se puede añadir uno más, hasta seis, por el de agresión sexual.
Un crimen brutal ideado entre ambos hermanos
Según la sentencia a la que ha tenido acceso el periódico, el ataque fue premeditado por ambos menores, procedentes de Europa del Este, y se produjo cuando la madre adoptiva estaba comiendo en su casa. Como decimos, el mayor la propinó varias cuchilladas mientras el hermano menor la sujetaba. Después la cubrieron con bolsas, le ataron pies y manos con cinta aislante, la llevaron al garaje --directamente comunicado con la vivienda-- y la introdujeron en el coche.
Posteriormente, con la intención de eliminar huellas y simular que habían sufrido un secuestro, limpiaron el rastro de sangre y dejaron una nota en la mesa de la cocina en la que se podía leer la palabra 'ayuda'.
Los hermanos colocaron el cuerpo en el suelo de la parte trasera del coche, donde fue encontrado por la Guardia Civil a las 20.45 horas del mismo día de los hechos. El mayor lo arrancó pero como no sabía conducir lo empotró contra la pared. Así que dejaron allí el cadáver y huyeron, aunque previamente se hicieron con la tarjeta bancaria de la madre y su móvil.
Respondieron una de las llamadas de la abuela al teléfono de la madre pasadas las ocho de la tarde y dijeron que habían sido "secuestrados". La mujer avisó a la Guardia Civil, que acudió a la vivienda y descubrió el cadáver en el coche. Los hijos fueron localizados pasada la una y media de la madrugada en el parque Cotolino, a menos de un kilómetro de su casa.
El Diario Montañés detalla que, según la autopsia, la muerte de la madre se produjo entre las 18.00 y las 21.00 horas por desangramiento debido a múltiples heridas por arma blanca. También presentaba otras lesiones.
Además se le imponen al hijo mayor tres años de libertad vigilada con el contenido educativo que se determine y se le prohíbe acercarse a menos de 300 metros a su padre, sus abuelos y su tío maternos, que han ejercido la acusación particular.