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M.B.

Las cámaras de Carmena son ilegales

El sistema de instalación de cámaras cerca de los semáforos para controlar que se para en rojo es ilegal. Carmena llenó Madrid de ellos, pero ahora el Supremo lo echa abajo.

Una de las cámaras 'foto rojo' de Madrid, en el Barrio del Pilar

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Carmena llenó de ellos Madrid, como antes lo hicieron Gallardón y Botella, e incluso les dedicó un espacio especial en la web municipal, plagada de consejos y sugerencias como si fueran un servicio público y no un recaudador de multas: se trata del sistema 'foto-rojo', un tipo de cámara que se coloca en las cercanías de incontables semáforos para, en teoría, controlar que los coches se detienen al toparse con una luz colorada.

Así los define el equipo de la alcaldesa: "Los semáforos con control de Foto-Rojo pretenden concienciar a los conductores de esta necesidad de respetar los semáforos con el fin de mejorar la seguridad de los peatones y evitar colisiones de vehículos, de los que los más vulnerables son motos y motocicletas".

Las multas de este sistema llegaban a los 200 euros y los 4 puntos del carné

Pese a la retórica, son ilegales. Así lo afirma la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS), que acaba de anular una sanción de tráfico por infracción grave, consistente en saltarse un semáforo en rojo en un paso de peatones, interpuesta en función de la imagen captada por un dispositivo 'foto-rojo'.

En concreto, la Sala no admite el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Catarroja (Valencia) contra una sentencia de 9 de noviembre de 2014 que decretaba la nulidad de las sanciones de 200 euros y detracción de 4 puntos impuestas por este municipio a un automovilista que supuestamente rebasó un semáforo en rojo. Además, al condenado se le imponían unas costas de 2.000 euros.

Los ayuntamientos pierden

El ayuntamiento recurrió la sentencia al considerar que la decisión judicial era "errónea y gravemente dañosa para el interés general" y le pidió que declarase que "los dispositivos conocidos como fotorrojos no están sometidos al control metrológico del Estado por no existir directivas o reglamentos comunitarios ni normativa española que impongan o exijan dicho control del Estado".

Sin embargo, el TS inadmite ahora este recurso al no considerar errónea la doctrina plasmada en la sentencia, que declara que "el dispositivo foto-rojo" empleado por la administración realizaba medición lumínica y a pesar de "no estar sujeto a control metrológico".



Madrid impone 20.000 multas al año por este sistema, que según el TS no es legal

Automovilistas Europeos Asociados (AEA) señala que esta decisión del TS "reitera lo que ya dijo en noviembre de 2015 sobre las infracciones de semáforo captadas por el sistema "foto-rojo", en contestación a otro recurso planteado por el Ayuntamiento de San Sebastián (Guipúzcoa) que, además, fue el motivo por el que desde entonces el consistorio donostiarra dejó de utilizar este sistema de captación de imágenes de dudosa legalidad.

Un centenar de sentencias

La asociación indica que ya hace casi una década que denunciaron por primera vez "la inseguridad jurídica y falta de garantías de este sistema de captación de imágenes", una situación que, según apuntan, corroboran distintos juzgados y tribunales de España que han anulando sanciones impuestas por distintos consistorios en este sentido.

El presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha señalado que las resoluciones judiciales que han anulado las sanciones de 200 euros y 4 puntos, impuestas por los ayuntamientos, superan ya el centenar. "Es un sistema que, ni garantiza la seguridad vial, ni la seguridad jurídica y la presunción de inocencia de los ciudadanos", explica Arnaldo.

Aunque el fallo se refiere a un pequeño municipio valenciano, su impacto se extiende a todas las grandes ciudades que se han servido de este sistema para, amén de mejorar la seguridad vial, incrementar la recaudación de sanciones. Madrid era el emblema de ello, ya antes de Carmena incluso, pero ya no podrá afirmar nadie que las 20.000 multas que cada año se imponen están amparadas por la ley.