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Sánchez recibe otro golpe del Constitucional que avala la prisión permanente

El tribunal de garantías avala la imposición de una pena que fue considerada como "inhumana" por el hoy presidente del Gobierno.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez

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Pedro Sánchez ha cosechado en dos días sendos varapalos por parte del Tribunal Constitucional. El martes consideraba ilegal el cierre del Congreso durante la pandemia y hoy ha optado por rechazar el recurso interpuesto por el líder del PSOE contra la prisión permanente revisable, avalando dicha figura.

El tribunal de garantías ha acordado por siete votos a favor y tres en contra validar la medida privativa de libertad, tal y como proponía la ponente de la sentencia, la magistrada Encarnación Roca, mientras que contará con votos particulares de Juan Antonio Xiol, María Luisa Balaguer y Cándido Conde-Pumpido.

El tribunal ha estudiado la ponencia seis años después de que los grupos parlamentarios de la oposición, liderada por el PSOE, suscribieran un recurso de inconstitucionalidad contra la misma al considerarla "inhumana", tal y como la llegó a calificar Dolores Delgado cuando ostentaba el cargo de ministra de Justicia.

La prisión permanente revisable fue planteada por el Ministerio de Justicia de Alberto Ruiz-Gallardón y mantenida después por su sucesor Rafael Catalá y concitó las críticas de toda la oposición durante la tramitación parlamentaria del Código Penal.

Entonces, en junio de 2015, diputados del PSOE, la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA), UPyD y Compromís junto a nacionalistas catalanes (de CDC y de UDC), vascos (PNV), canarios (Nueva Canarias) y gallegos (BNG) estamparon sus firmas en el recurso que presentaron ante el Tribunal Constitucional.

Esta pena se ha aplicado en casos como el del descuartizador de Pioz, el del asesino de Diana Quer o a la asesina de Gabriel, Ana Julia Quezada.

La pena de prisión permanente revisable está prevista en el artículo 140 del Código Penal para los asesinatos en los que la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad; cuando el asesinato sea subsiguiente a un delito contra la libertad sexual cometido por el autor sobre la víctima; cuando el autor del crimen pertenezca a un grupo u organización criminal; y cuando el reo de asesinato haya sido condenado por la muerte de más de dos personas.

Esta pena se ha aplicado en casos de gran relevancia social y mediática como el del descuartizador de Pioz, Patrick Nogueira, que mató a sus tíos y a sus primos para posteriormente descuartizar los cadáveres; o el del asesino de Diana Quer, José Enrique Abuín, alias 'El Chicle'. Ambas condenas fueron confirmadas por el Tribunal Supremo, además de a la asesina del niño Gabriel, Ana Julia Quezada.